Los peces de acuicultura podrán ser alimentados con proteínas animales procesadas (PAP) de no rumiantes a partir del próximo 1 de junio.

Así se establece en el Reglamento nº 56/2013 que modifica los anexos I y IV del Reglamento (CE) nº 999/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen disposiciones para la prevención, el control y la erradicación de determinadas encefalopatías espongiformes transmisibles y que ha sido publicado recientemente.

Para la utilización de las PAP en la acuicultura deberán cumplirse una serie requisitos a fin de evitar cualquier riesgo de contaminación cruzada con proteínas de rumiantes, entre otros:

  • Deben realizarse muestreos y análisis periódicos de las proteínas animales transformadas en los piensos compuestos que las contienen a fin de verificar la inexistencia de contaminación cruzada con proteínas de rumiantes.
  • Se debe seguir el principio de no canibalismo, es decir, que las PAP no podrán contener restos de cuerpos o partes de peces de piscifactoría de la misma especie.

Reglamento nº 56/2013